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La CNMC investiga a varias agencias de viajes por posibles acuerdos anticompetitivos
Sector: Nota de prensa
Ámbito CNMC: Competencia
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  • Las empresas podrían haberse repartido clientes y/o licitaciones públicas, además de haber intercambiado información comercialmente sensible.
  • Estas conductas anticompetitivas afectarían a la prestación de servicios de agencia de viajes en España y en el extranjero.
  • Del 28 al 31 de marzo de 2023, la CNMC inspeccionó las sedes de IAG7, Viajes El Corte Inglés, Nautalia Viajes y Grupo Barceló. 

La CNMC investiga a varias agencias de viajes por repartirse supuestamente clientes y/o licitaciones públicas e intercambiar información comercialmente sensible (S/0001/23). Estas conductas serían contrarias al artículo 1 de la Ley de Defensa de la Competencia (LDC) y al artículo 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), y afectarían a la prestación de servicios de agencia de viajes en España y en el extranjero.

Las empresas investigadas son: Integración Agencias de Viajes, S.A. (IAG7); Viajes El Corte Inglés, S.A. (VECI) y su matriz El Corte Inglés S. A.; Nautalia Viajes, S.L. y su matriz Wamos, S.A.; y Sekai Corporate Travel, S.L.U., Viajes Halcón, S.A.U., Ávoris Retail División, S.L., Ávoris Corporación Empresarial, S.L. y su matriz Barceló Corporación Empresarial, S.A (Grupo Barceló). 

Investigación

La Dirección de Competencia de la CNMC ha iniciado este expediente a partir de la información recabada a través de lo dispuesto en el artículo 132 de la Ley de Contratos del Sector Público (LCSP), y tras haber inspeccionado las sedes de IAG7, Viajes El Corte Inglés, Nautalia Viajes y Grupo Barceló del 28 al 31 de marzo de 2023.

La incoación de este expediente no prejuzga el resultado final de la investigación. Se abre ahora un periodo máximo de 24 meses para la instrucción del expediente y su resolución.

Detección de cárteles

La CNMC recuerda que los acuerdos entre competidores constituyen una infracción muy grave de la normativa de defensa de la competencia, que puede conllevar multas de hasta el 10 % del volumen de negocio total de las empresas infractoras. La investigación de los cárteles constituye una de las prioridades de actuación de la CNMC, dada la especial gravedad de sus consecuencias sobre los consumidores y sobre el correcto funcionamiento de los mercados. 

Para ello se cuenta, entre otros instrumentos, con el programa de clemencia, que permite beneficiarse de la exención del pago de la multa a las empresas que aporten elementos de prueba a la CNMC que posibiliten la detección del cártel en el que participen o hayan participado. Este programa también permite beneficiarse de una reducción del importe de la multa a las empresas solicitantes de clemencia que aporten información con valor añadido significativo una vez iniciada la investigación por la CNMC.

Además de la exención del pago de la multa o la reducción de su cuantía, las empresas solicitantes de clemencia también quedan exceptuadas de la prohibición de contratar establecida en el artículo 71 de la Ley de Contratos del Sector Público para los sancionados por infracción grave en materia de falseamiento de la competencia. Ello es así en aplicación del artículo 72.5 de esta ley, y de los artículos 65.4 y 66.5 de la Ley de Defensa de la Competencia, en los que se regula el programa de clemencia. 

La CNMC también dispone de una plataforma online de colaboración ciudadana para la detección de cárteles. Esta plataforma, denominada Sistema de Informantes de Competencia Anónimos (SICA), permite informar de manera anónima sobre prácticas anticompetitivas, tales como acuerdos entre empresas competidoras para la fijación de precios u otras condiciones comerciales, reparto de los mercados o de los clientes, o repartos fraudulentos de las licitaciones públicas o privadas. 

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